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Política

COVID-19: organismos judiciales realizarán persecución penal conjunta

La Procuración General de la Nación firmó un convenio de cooperación con el objetivo de lograr una persecución penal más efectiva de los delitos vinculados a los hechos que vulneren la emergencia sanitaria.

Con el objetivo de lograr una persecución penal más efectiva de los delitos vinculados a los hechos que vulneren la emergencia dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional o contribuyan a la propagación de la pandemia del virus COVID-19; la Procuración General de la Nación firmó un convenio de cooperación interinstitucional con el Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores Generales de la República Argentina y el Consejo Federal de Política Criminal, para coordinar y unificar acciones judiciales en el marco de la ley de emergencia sanitaria nacional.

Dicho convenio se firmó en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia 260/2020 referido a la emergencia sanitaria establecida por la Ley n° 27.541, en lo que respecta a las competencias propias de los organismos judiciales que son los encargados de hacer cumplir medidas de prevención y control relacionados con la salud pública.

De esta manera, desde las instituciones judiciales advirtieron que en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento indicado y demás obligaciones establecidas, se estaría infringiendo la ley -al menos en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal de la Nación- lo que conllevaría a las sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente.

Por lo cual, mediante este convenio se generarán canales de colaboración y asistencia tendientes al desarrollo, investigación e implementación de programas de capacitación, asistencia técnica, informática y recursos de redes y comunicaciones y/o cualquier otra actividad de intercambio de experiencias que resulte de interés para el correcto cumplimiento de los objetivos y misiones de cada una de las partes.

Incluso, los organismos judiciales también acordaron fortalecer los lazos de cooperación para que se organicen capacitaciones conjuntas e intercambio de experiencias que redunden en una mayor concientización de los operadores que integran los organismos, con el fin de lograr mayor eficiencia, celeridad y transparencia en los procesos penales que se lleven adelante.

Parte de la resolución 

Que, en el mismo sentido, se determinó que las infracciones a las normas de la emergencia sanitaria previstas en ese decreto darían lugar a las sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente, sin perjuicio de las denuncias penales que corresponda efectuar para determinar la eventual comisión de delitos de acción pública, conforme lo previsto en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.

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