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Interior sociedad. Disposición del COE

No habrá corsos, topamientos ni patios chayeros en Chilecito

La decisión fue unánime de parte de todas las Instituciones que integran el COE. Será un febrero diferente sin chaya.

El día 1 de febrero de 2021, se llevó a cabo una reunión con los integrantes y referentes de las distintas instituciones que conforman el Comité Operativo de Emergencia: Zona Sanitaria III, Municipalidad, Hospital Eleázar Herrera Motta, Gendarmería, Jefatura Regional II de policía y Concejo Deliberante, con el objetivo de establecer las disposiciones sanitarias a implementar en el departamento Chilecito para controlar y regular las actividades en el mes de febrero.

En el marco de esta reunión, se consensuó en forma unánime las actividades que quedan habilitadas y aquellas que se dispone su prohibición.

Asimismo, en vista de la situación epidemiológica del departamento y en adhesión a la continuidad del distanciamiento social obligatorio establecido por el gobierno nacional, los decretos f.e.p N° 345/20, 348/20, 381/20, 625/20 y los decretos de necesidad de urgencia del p.e.n N° 260/20 y 4/21 y la disposición del coe provincial N°0001, el COE -Chilecito resolvió las siguientes medidas.

Prohibición

Queda prohibida la organización y realización de topamientos, corsos, patios chayeros y todo evento que implique la aglomeración de personas en lugares y/o casas de familias que no resulten convivientes.

Habilitación

Para la distracción y el esparcimiento de la comunidad quedan habilitados los eventos denominados "cena show", siempre y cuando se lleven a cabo en aquellos lugares que cuenten con las habilitaciones municipales correspondientes solicitadas con anterioridad. en este sentido, cabe aclarar que no se efectuarán nuevas habilitaciones durante el mes de febrero.

Importante: respecto a la solicitud de habilitación, se informa que en todos los casos debe tramitarse con un mínimo de 5 (cinco) días previos a la realización del evento, sin excepción, efectuando la presentación de la correspondiente nota por escrito al COE, cito en el edificio de la escuela Fermín Morales de la ciudad de Chilecito. La presentación de la nota continuará en competencia de las áreas municipales correspondientes en la ordenanza N° 2492/02 y su modificatoria n°2087/08. sin esos pasos administrativos, el coe no podrá evaluar la posibilidad de habilitación y dicho evento queda sujeto a la suspensión y correspondiente multa por infracción a medidas dispuestas por pandemia.

El Comité Operativo de Emergencias ratifica la vigencia del decreto de adhesión a la normativa que establece los horarios de restricción de circulación de personas. Esto significa que, la circulación nocturna esta habilitada de lunes a jueves hasta la 01:00 hs en tanto los días viernes, sábado y domingos dicho horario se extiende hasta las 03:00 hs.

Festejos

En cuanto a la celebración y festejos de eventos como casamientos, cumpleaños, entre otros, se podrán realizar únicamente en los lugares que tengan la habilitación municipal correspondiente.

Se reitera que las medidas dispuestas a partir del día del fecha, fueron consensuadas en unanimidad prevaleciendo el interés de preservar la salud de todas las personas. las medidas dispuestas tiene vigencia durante el presente mes de febrero de 2021.

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