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Política Coronavirus

Lanzan programa de asistencia económica para el sector gastronómico independiente

La iniciativa que oficializó el Gobierno Nacional, por resolución 201/2021 del Ministerio de Trabajo, prevé un aporte para las y los trabajadores del sector gastronómico que no se encuentran en relación de dependencia.

Este Programa de Asistencia de Emergencia será válido por un mes, y si las medidas de prevención para frenar el avance de los contagios de Covid-19 se prorrogan, se podrá extender.

Según detallaron desde el Ministerio de Trabajo, Empleo e Industria de la Provincia, a través de la Secretaría de Trabajo, el programa consiste en el pago de una suma de hasta 18 mil pesos a trabajadores y trabajadoras independientes del sector gastronómico, encuadrados en el régimen de Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o de Trabajo Autónomo. 

La asignación y el pago del beneficio del programa serán por un mes y podrán ser extendidos, toda vez que se prorroguen las medidas de prevención establecidas por el Decreto Nº 235 del 8 de Abril de 2021 y su modificatorio Nº 241 del 15 de Abril de 2021.

La liquidación estará a cargo de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), que transferirá el monto del subsidio a los CBU declarados en el sistema de cada trabajador/a.

Requisitos

Para acceder al beneficio las y los trabajadores deberán haber declarado como actividad principal al 12 de marzo de 2020, ante la AFIP, alguno de los siguientes servicios: restaurantes con y sin espectáculo, "fast food" y locales de venta de comidas y bebidas al paso, expendio de bebidas en bares y expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostradores.

También los servicios de preparación de comidas realizadas por o para vendedores ambulantes, de preparación de comidas para empresas y eventos y, por último, cantinas con atención exclusiva a los empleados o estudiantes dentro de empresas o establecimientos educativos.

Por otro lado, para realizar la solicitud para acceder al Programa también deben haber efectivizado al menos tres pagos al régimen de trabajo independiente correspondiente en los últimos tres meses, además de presentar una variación de la facturación inferior al 20% en términos reales para el período comprendido entre el 1 al 20 de Abril del 2021 y el mismo período del 2019. 

En caso de que la fecha de inscripción al régimen de trabajo independiente correspondiente sea posterior al 1 de Abril del 2019, se excluye la presente condición para acceder al beneficio.

En tanto que, para acceder al beneficio, las y los trabajadores tendrán que presentar el certificado de veracidad de la información brindada y una declaración jurada en la que se manifieste "ser sujeto pasivo de la obligación del aporte extraordinario". Las y los trabajadores que quieran inscribirse podrán hacerlo a través del servicio web de la AFIP.

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