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Sociedad

Sujeto quedó procesado por el abuso sexual de su propia hija

El Artículo 119 tiene penas de más de 20 años ante el agravante de la convivencia preexistente entre víctima y victimario en un caso por abuso sexual, en perjuicio de un menor de edad.

El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 3, de la Primera Circunscripción Judicial a cargo del Dr. Ariel Bacco y Secretaria a cargo del Dr. Fernando Bertolino, resolvió dictar auto de procesamiento y prisión preventiva contra P.O. por resultar supuesto autor del delito de abuso sexual agravado por ser ascendiente de la víctima, según prevé los artículos 119 tercer párrafo, inciso B del cuarto párrafo del Código Penal Argentino.

Las actuaciones tuvieron su origen en el año 2017 en razón de la denuncia formulada por la madre de la víctima, quien en ese entonces contaba con 10 años de edad y se encontraba en la casa del imputado, junto a otros hermanos, en razón de festejar su cumpleaños. Luego de investigar el hecho, surge de la prueba de ADN realizada, que el denunciado resulta ser padre biológico de la misma, por lo que se procede a  agravar la calificación contra el imputado. 

El Artículo 119 tiene penas de más de 20 años ante el agravante de la convivencia preexistente entre víctima y victimario en un caso por abuso sexual, en perjuicio de un menor de edad. 

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