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Sociedad Judiciales. Sede de Magistrados

Comenzó el juicio contra Patricio Pioli por Coacción

El tatuador fue acusado por su expareja y la Justicia lo juzga por delitos de Coacción y Lesiones Leves Calificadas.

Escribe: María Victoria Yampa

En la mañana de este jueves, el Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de La Rioja dio inicio al proceso penal en contra de Patricio Amalio Pioli, de 37 años, quien está acusado de ser el autor de los delitos de Coacción y Lesiones Leves Calificadas en Concurso Real, en perjuicio de su expareja, quien además lo acusó de viralizar imágenes íntimas sin su consentimiento. 

El caso Pioli es una de las causas testigo para la creación de la figura penal del delito de la Pornovenganza y Sexting, en el Código Penal Argentino, y si bien no fue juzgado por esa causa puesto que los hechos ocurrieron en el año 2016, se tornó uno de los hechos más resonantes a nivel país. 

El tribunal, integrado por los jueces Edith Agüero, María Petrillo y Fernando Romero, será el encargado de juzgar en alrededor de seis audiencias a Pioli. En tanto, en representación del Ministerio Público Fiscal actúa la doctora Cecilia Moreno. 

Incorporación de pruebas

En primera instancia se incorporó la declaración del imputado en la instrucción de la causa, por lectura de Secretaría. "Si no quitaba el me gusta de mis trabajos, me amenazaba con matarse", dijo en esa oportunidad el acusado, al mismo tiempo que comentó que "ella decía que asistió a varios psiquiatras de la Provincia para tratar su enfermedad 

"Me dolía dejarla por su enfermedad", argumentó ante la instrucción, y relató que "el 22 de abril (de 2016) le dije que me iba, le di un beso, me levante y me fui al estudio. A las 12 me llegó mensaje de Paula donde me dice que se va del departamento, que estaba cansada". 

"Decido ir a la casa y terminar con la relación. Comenzamos a discutir por el mensaje y la amenaza que se iba a matar. Seguimos manteniendo contacto mediante mensajes y eso fue todo como terminó la relación", aseguró. 

A preguntas de la defensa que en ese momento estaba a cargo de otro abogado del fuero penal, Pioli respondió sobre si hubo episodios de violencia y testigos que vieran la situación: "muchas veces hubo testigos, los dueños del lugar donde trabajo", indicó él. 

"Nunca la agredí, nunca le pegué", afirmó Pioli, y ante la consulta sobre si  la víctima estaba bajo tratamiento psiquiátrico, expuso que "luego abandonó". 

El imputado en ese momento dijo que no amenazó a la mujer con divulgar fotos y confirmó que su teléfono en ese momento fue sustraído de su lugar de trabajo. 

Consultado respecto a si sabe si la víctima tuvo conflictos con otras parejas, el tatuador nombró una persona, y dijo que "tuvo problemas con fotos pornográficas subidas a redes". 

Al momento de la indagatoria la querella no hizo preguntas ya que la defensa interpuso el derecho de su cliente de no responder a ella.  En tanto, la Querella ofreció siete audios que fueron escuchados por las partes, para que se reconociera la autenticidad de los mismos. 

Los audios fueron reproducidos al imputado y entre otras cosas, se escuchaba "Ay mirá hija de puta te voy a matar" (SIC), pero Pioli aseveró: "no reconozco esa voz, no soy yo". 

En el segundo audio se escuchaba "vos a mí me dañaste, te voy a hundir, te voy a destrozar la vida". La querella se retiró de la audiencia en ese momento y el imputado negó ser el del audio. "No reconozco, no sé quién es, no soy yo", advirtió Pioli. 

"Lo único que quiero es que borres mis fotos desnuda", se escuchó en otro de los audios. El imputado negó que sea su voz y la de la víctima. "No es mi voz, no soy yo, no es ella, y parece que están editados esos audios", afirmó. 

En otro sentido, el imputado reconoció la voz cuando las agresiones eran de ella hacia él sobre posteos en redes sociales. "Reconozco la voz, es ella, son amenazas que hacía diariamente" y continuó luego: "Como se escucha en el audio, son problemas que ella realizaba a diario por celos. Ella me agredía". 

Los audios fueron aportados por la querella y defensa, y el Tribunal decidió la incorporación por lectura de lo declarado en instrucción. 

Testimonial de la víctima 

A continuación se hizo recepción de etapa probatoria y los testigos ofrecidos por fiscalía presentes en la primera audiencia fueron: el psiquiatra Sabino Luna, la víctima Paula Sánchez y Agostina Herrera Noriega. 

Fiscalía solicitó la testimonial de la víctima en primer lugar y seguidamente, la Querella solicitó que el imputado presencie todo el debate en sala contigua, pero la doctora Agüero, presidenta del Tribunal interviniente expuso: "Podemos correr para que no estén a una distancia tan cercana, el escritorio. Esta situación se debería haber manifestado con anterioridad, porque es el derecho del imputado presenciar todas las partes del juicio". Se corrió entonces el escritorio frente al estrado, para garantizar la seguridad de la víctima, pero la mujer manifestó que no iba a declarar. 

En tanto, se solicitó que se incorpore por lectura la declaración en instrucción, a lo que la defensa de Pioli, patrocinada por el abogado de vasta trayectoria, Juan Carlos Pagotto, expresó: "dijo que no pensaba venir a la audiencia y que ya iban a ver las lacras con un documental que iba a circular. La incorporación por lectura no es procedente en los casos estrictamente previstos por la ley procesal. Tiene rango constitucional". 

"Hay fallos, y puedo citar por lesa humanidad, en el caso de personas con posibilidad de declarar. Me opongo que se incorpore por su lectura, porque para eso tiene su querellante particular, como fiscal privado, con una serie de derechos cuya interpretación la vamos a realizar en el alegato", agregó. "Si no quiere declarar que no se le tome declaración y punto. Es un insulto al debido proceso, quiero que quede constancia de eso", sentenció el letrado y pidió luego que se le impongan costas. 

El Tribunal solicitó un cuarto intermedio para resolver lo planteado y posteriormente dictaminó: "Rechazar el pedido, ya que las declaraciones testimoniales no pueden ser suplidas por la lectura en el sumario". "Rechazo al pedido de la incorporación de la testimonial por lectura", acentuó Agüero. 

Por tanto, indicaron a la querella, representada por el abogado penalista Sebastián Andrada, que haga comparecer a la víctima. "Va a declarar de manera verbal", expresó el letrado, quien se erigió como principal defensor de los derechos de las víctimas de violencia de género durante el primer juicio por femicidio en La Rioja, que tuvo como víctima a Romina Ríos. 

Posteriormente, la víctima ingresó al recinto, y la jueza solicitó a las partes que se tenga expresa consideración en virtud de lo que establece el derecho. 

Las declaraciones testimoniales, en virtud del artículo 415, a fin de no vulnerar el debido proceso, serán emitidas recién una vez finalizado el juicio. 

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