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Policiales

Deudor alimentario fue procesado en Capital

El hombre quedará libre, por considerar una falta de riesgo procesal.

El Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial con sede en La Rioja, a cargo de la jueza Dra. Gisela Flamini, resolvió dictar el procesamiento y prisión preventiva, en contra de Juan P. G. como supuesto autor del delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, manteniendo el beneficio de la libertad, por falta de riesgo procesal.

De esta manera, la jueza resolvió fijar una cuota alimentaria provisoria a favor de su hijo menor, consistente en $20.000 pesos mensuales a entregar a la progenitora, antes del 10 de cada mes, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia a la autoridad y de proceder al embargo de otros bienes.

La justicia ponderó el acuerdo de alimentos y régimen de comunicación, del año 2018, el cual estipulaba un valor mensual de $3.000 pesos, que el imputado jamás cumplió. Según surge de la denuncia ni siquiera estaba cumpliendo con el régimen de comunicación con su hijo.

Posteriormente a la ratificación de la denuncia, se pudo mantener un régimen más o menos estable de contacto con entre el imputado y el niño, pero en cuanto a la cuota seguía sin cumplirla. Casi cuatro años después, el imputado incumple deliberada y completamente la cuota alimentaria.

Asimismo, la Magistrada entiende que el ejercicio de una paternidad responsable requiere mínimamente del cumplimiento de la prestación alimentaria en tiempo y en forma; máxime cuando en el presente la cuota alimentaria ha sido acordada por los progenitores; quienes -y mejor que nadie-han tenido en cuenta sus particulares capacidades económicas para establecer el monto acordado, y así estar en condiciones de cumplir en tiempo y forma.

Por último, la jueza describe en su resolución que el tipo penal del objeto procesal, es de aquellos calificados como de omisión propia, ya que basta con que el progenitor deje de aportar los medios necesarios para la subsistencia de su hijo menor de edad para que se configure el delito.

JUDICIALES DEUDOR ALIMENTARIO

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