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Policiales JUDICIALES

Ordenan libertad a un hombre que llegó a juicio y era inocente

Se trata de Ramón Silva, que fue denunciado por su expareja por hechos de violencia de género.

El Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, integrado por las Juezas Dras. Karina Cabral, Sara López Douglas y Edith Agüero; por pedido del Fiscal absolvieron a Ramón Guido Silva, de los delitos de amenazas y homicidio agravado por el vínculo y por mediar violencia de género en grado de tentativa en concurso real art. 149 bis primer párrafo primera parte, art. 80 inc. 1 y 11, art. 42 y 55 del C.P., ante la acreditación de una falsa denuncia por parte de la supuesta víctima y se ordenó su inmediata libertad.

No obstante, el tribunal ordenó dictar medidas de protección a favor de la denunciante, ya que, si bien no existió delito penal, sí se advirtieron situaciones de violencia de género, por lo que se le prohíbe al imputado el acercamiento por 180 días; la prohibición de comunicación por cualquier vía y cese de actos de perturbación e intimidación respecto a la misma y que las partes acudan a la vía civil para tramitar los institutos de cuidado personal, plan de comunicación y alimentos en relación a sus hijos (Art. 26 inc. a1, a2 y a7 de Ley 26.485), comunicando lo dispuesto a la Oficina de Asistencia a la Victima.

Miguel Ángel Morales, abogado defensor de Silva dialogó con una emisora local y confirmó esa información, brindando además, detalles de la instrucción fallida.

“Silva estuvo detenido desde agosto de 2021, pero el fiscal Oliveros Icazzatti propuso la absolución al Tribunal, porque la mujer no dijo lo mismo durante la instrucción y después”, expuso.

“Quedó establecido que la mujer fue instigada en la instrucción”, advirtió.

Comentó que aún no sabe si su cliente seguirá las medidas correspondientes en contra de la denunciante ante la falsa denuncia.

“En juicio, la mujer dijo todo lo contrario, quedando en evidencia que no tenía asidero lo que ella expuso primero, ni siquiera que se continuaran los tramites o que se dicte una sentencia”, indicó.

El Tribunal dispuso la inmediata libertad de Silva.

“Este tema de violencia de genero da para mucho. Las normas solo consideran violencia de genero cuando es contra una mujer, y no es violencia de genero cuando el hombre denuncia a una mujer, y según mi convencimiento personal, aquí se rompe el principio de igualdad ante la ley”, deslizó el exjuez.

Cinco jueces para 30 mil causas

La jueza de la Cámara Tercera, Karina Cabral se refirió por su parte, a la liberación inmediata de un hombre acusado injustamente de hechos de violencia de género. La magistrada integró el Tribunal que juzgó a Silva. “Se decidió la inmediata libertad y se lo absolvió”, sostuvo.

“Silva fue denunciado por tentativa de homicidio y amenazas”, comentó y explicó que el sistema penal en La Rioja sigue siendo de investigación mixto.

En ese sentido dijo que, “En el juicio se develan las investigaciones, y es ahí donde realmente se puede aprecia si los testimonios son veraces, creíbles. Por otro lado, la tenacidad de la víctima, de manifestar esos ataques, y sostuvo que la declaración se mantuvo durante toda la instrucción: lo hizo en fiscalía y en instrucción”.

“En juicio, ante tres mujeres juezas, es más difícil mentir, y no pudo sostener la denuncia, y dijo que el hecho no fue tal como lo manifestó, que él no la persiguió con una motosierra”, advirtió.

El tribunal debe dictar sentencia luego de las audiencias en juicio.

“Lo que tarda –dijo- es el proceso de instrucción”.

“Somos cinco jueces para 30 mil causas”, informó por otro lado la magistrada del fuero penal.

El juicio

El 7 de marzo pasado, el Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, integrado por las Juezas Dras. Karina Cabral, Sara López Douglas y Edith Agüero; tomaron la última audiencia de alegatos, el juicio contra Ramón G.S., acusado del delito de homicidio agravado y por mediar violencia de género en grado de tentativa (dos hechos) en concurso real.

Oportunamente la Jueza De Instrucción De Violencia De Género Y Protección Integral De Menores N°1, solicitó clausurar la instrucción y elevar esta causa a juicio, entendiendo que el atentando contra la vida de la víctima por el imputado quien, profiriéndole un ataque a su integridad física con golpes esgrimiendo una motosierra, con el fin de quitarle la vida, no logrando darle muerte por circunstancias ajenas a su voluntad, y calificando el hecho por la relación de pareja vigente al momento de las agresiones y por mediar violencia de género.

Por su parte, en estas audiencias del juicio, el Fiscal de Cámara Transitorio Dr. José Rubén Oliveros Icazatti, presentó ante el Tribunal pruebas que solicitó merituar oportunamente, tales como: Sumario de Instrucción Policial, Denuncia realizada por la víctima, ante el Ministerio Publico Fiscal, Informe de Examen Psicológico de la víctima, Informe de Examen Médico del imputado, Acta de Allanamiento en domicilio, Informe de Antecedentes Penales del imputado, Informe Social realizando entrevista a la víctima, emitido por Profesionales del C.A.T.I., cámara gesell a uno de los hijos menores, Informe del Equipo Técnico de la Secretaria de la Mujer y Diversidad, como diferentes declaraciones testimoniales y solicitud de declaración de nuevos testigos, entre otros.

GENERO VIOLENCIA PATQUIA CÁMARA TERCERA

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