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Sociedad Judiciales. Juicio por Coacción y Lesiones Leves Calificadas

Fiscalía solicitó pena de 5 años de prisión efectiva para Pioli

En una jornada de casi cinco horas, las partes formularon sus alegatos. La defensa pidió la absolución del sujeto

Escribe: María Victoria Yampa- redacción Nueva Rioja

En la mañana de este jueves se desarrolló la sexta audiencia en juicio contra Patricio Amalio Pioli, acusado por los delitos de Coacción y Lesiones Leves Calificadas en Concurso Real. En la jornada, de más de cuatro horas, se realizó la recepción testimonial de la última persona aportada por la defensa, y luego, las partes presentaron sus alegatos ante los jueces del Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de La Rioja. 

Pasadas las 10.30 horas comenzó la etapa final de discusión y alegatos, en primer término lo hizo el querellante particular, y posteriormente el Ministerio Público Fiscal representado por los doctores Luis González Crovara y Nadia Cecilia Moreno. 

El alegato de la Fiscalía fue dividido y en primer término habló el doctor Luis González Crovara, quien indicó que, "esta Fiscalía logró acreditar todos los extremos de la plataforma fáctica, permitiéndonos adelantar la conclusión a la valoración, concluyendo en base a esa valoración que el señor Patricio Amalio Pioli resulta autor penalmente culpable y responsable de los delitos de Coacción y Lesiones Leves Calificadas en Concurso Real". 

Sostuvo que, "a lo largo del debate ha quedado debidamente acreditado, desde el inicio con los testimonios que existió una relación de noviazgo entre el imputado y la víctima, y esta relación ha sido mencionada en reiteradas oportunidades por los distintos testigos de las partes". 

A su modo de ver, "tampoco existe controversia respecto a la época de inicio de la misma, que es de agosto de 2016, en circunstancias que la víctima relató en su declaración testimonial".

 "La madre marcó dos etapas de la pareja: una primera que fueron los primeros cuatro meses de la pareja, donde todo transcurrió de forma normal, sin mayores inconvenientes, incluso Patricio se mostraba como una persona amable. De eso no tendría duda alguna. Creería que esos primeros cuatro meses transcurrieron en forma armónica y cordial", expresó. 

"Los hechos que formaron parte, que se han acreditado y forman la plataforma, se han desarrollado en contexto de violencia de género. No es un delito, es un contexto que sirve de caldo de cultivo para que se produzcan los delitos", afirmó. 

"No cabe duda que existía una situación de desigualdad entre uno y otro integrante de esta pareja, para cometer delitos", argumentó el fiscal. 

En ese aspecto dijo que, hubo "violencia psicológica porque él era conocedor de la situación que la víctima vivió con anterioridad, conocía perfectamente su amor por los animales, y de hecho ella contó cuántos tiene, cómo los rescata y que tenía un gato, que Pioli no perdía oportunidad de maltratar. Tampoco perdió oportunidad de hostigarla al momento de terminar con la relación cuando intentó secuestrar a un perrito, siendo conocedor del especial afecto de Pioli por los animales". "El espiral de violencia iba ascendiendo y existió verdaderamente un despliegue de violencia por parte de Pioli, encerrándola e insultádola.  Llegando a un extremo en esas consecuencias de intentar suicidarse", aseguró el fiscal. 

La doctora Cecilia Moreno continuó los alegatos indicando que, "Patricio Pioli necesitó armar toda esta puesta en escena porque el tema de las fotos, las imágenes íntimas, eran un tema dentro de la pareja. Él ya las había utilizado e intentó desvincularse montando todo este escenario, lo que le salió mal. No lo hizo bien". 

"Esas conductas pueden subsumirse en dos tipos penales: el primer hecho que se acreditó puede encuadrarse en el artículo 149 Bis que castiga la acción de quien mediante amenazas trata de imponer a otra persona una acción u omisión no querida", dijo. 

"En este caso la mujer consintió en que se grabaran los momentos de intimidad de la pareja, ejerció su derecho a vivir su vida privada como quiera, y en ese momento lo hizo, pero también tenía derecho a decidir qué hacer con ese trozo de intimidad que se reflejaba en esas imágenes. Ella debía decidir pero no tuvo esa libertad. Se vio coartada cuando Pioli la amenazó que las publicaría", enfatizó. 

Dadas las condiciones, dijo: "Solicitamos al Tribunal se condene a Patricio Amalio Pioli como autor de ambos hechos de Coacción y Lesiones Leves Calificadas en Concurso Real, atentos a la naturaleza de los hechos acusados, el daño causado a la víctima con tales conductas ilícitas y la reiteración de acciones en contra de la víctima, y teniendo presente la escala penal, resultante del Código Penal". "Solicitamos al tribunal le imponga a Patricio Amalio Pioli la pena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo", finalizó. 

Los Datos

Los hechos que se le imputaron a Pioli datan de 2017, cuando la víctima había terminado su relación sentimental con el sujeto. 

En 2019 comenzó el primer juicio oral y público que fue suspendido luego que la defensa recusara a uno de los jueces intervinientes. 

Con la conformación de un nuevo tribunal presidido por la doctora Edith Agüero, la Cámara Tercera finalmente realizó el proceso penal en contra del tatuador, cuyo caso se convirtió en causa testigo para la incorporación de los delitos de Pornovenganza y Sextorsión en el CPA.  

La defensa de Pioli pidió su absolución: "Hicieron de la violencia de género un marketing"

La defensa de Pioli estuvo patrocinada por Juan Carlos Pagotto y Matías Cucco Santander.  "El proceso debe ser una garantía de verdad y justicia", sostuvo, Pagotto a lo que indicó que, "hemos escuchado acá una serie de testimonios, y he escuchado como verdad revelada que esto contó la víctima a la amiga, a la madre, al psiquiatra".  

"Estamos viendo que la violencia de género se volvió un negocio como los derechos humanos", afirmó el abogado quien recordó que ejerce la profesión hace 48 años. 

"Y acá no le voy a echar la culpa a la presunta víctima, que si es una víctima pero no de Pioli, es una víctima de un sistema perverso que la embandera y la utiliza de objeto", dijo. 

"La querella habla graciosamente, al igual que la Fiscalía, del informe de la compañía Personal, el sin número de llamadas. Qué contenido tenían esas llamadas? Qué contenido en el caso de existir?", cuestionó. 

"Ellos hablan de la exposición policial de Pioli, y me extraña porque los que vivimos en derecho, sabemos que las exposiciones las hace un policía, ponen lo que se les ocurre y tienen una forma preestablecida", expresó y agregó "en esa misma exposición Pioli dice que ella lo amenazó con un cuchillo, y eso para Fiscalía no existió". 

"En definitiva, el Ministerio Público Fiscal no es nada más que un apéndice del poder Ejecutivo", dijo en palabras de Claus Roxin. 

Apuntó contra "todo el desbalanceo que se produce es en contra de Patricio Pioli. Se le prohíbe hablar pero es fusilado mediáticamente". "Tanto Fiscalía como la querella pusieron en eje del debate, las redes", agregó. 

"Hicieron de la violencia de género un marketing y me parece bien, cada cual vive como puede", sentenció Pagotto. 

 "Lo que no está bien y nunca lo estuvo es hacer aparecer hechos como probados cuando nunca lo fueron. Hablan de billetes, dónde están y quien dice que los entregó Pioli? Quien dice que esa letra era de él, o el estándar de prueba se basa en asegurar?", remarcó. 

Respecto de la víctima dijo: "Vino como testigo víctima, esa categoría que han inventado por los crímenes de Lesa Humanidad". "Esa bipolaridad que tenemos los argentinos de pendular de un lado a otro es imposible en el proceso penal", reflexionó. 

"Los trastornos de la personalidad de ella, si son adquiridos, si aparecieron detrás de Pioli o si ya venían de antes. El Tribunal la escuchó reconocer que fue objeto de una agresión sexual por parte de su abuelo, que la querella minimizó", indicó. 

El letrado preguntó: "Cuál es la prueba que hay en contra de Pioli. Watsapp, instagram o facebook es lo más fácil de hackear cualquier niño puede, han kackeando el pentágono y si creo que alguien preparó esto, y estoy persuadido de quien es, que es la víctima porque quiere sus cinco minutos de fama". 

"Para culminar, la popular Sabrina, quien vino vestida bien cubierta no como habitualmente sabe vestirse, que en la audiencia anterior parecía una vedette", refirió y expuso: "(…) no es dueña de levantar el dedo acusador, porque ella entra como testigo cuando Varas defiende al presunto agresor de ella". 

"Pioli será muchas cosas pero no ha delinquido", aseguró por otro lado. 

"Esta condena mediática, o condenas paralelas como la llaman autores españoles es lo que ya pagó Pioli. Pioli es un paria de la sociedad", sentenció. 

"Pido la absolución y no me voy a quedar con eso. Voy a ir por quienes han propinado esta causa". 

Con almanaque en mano, la querella desterró la coartada de Patricio Pioli

El abogado querellante particular de la víctima, Sebastián Andrada hizo uso de la palabra ni bien finalizó la etapa de testimoniales en el juicio. "La segunda mitad de la relación estuvo signada y marcada por sendos episodios de violencia, verbal y física", afirmó. Sostuvo que la conducta de Pioli "oscilaba entre el amor y el odio casi sin dilación de tiempo alguno". El letrado contó un episodio de violencia animal hacia una de las mascotas de la víctima, y reflexionó en que, "estamos en presencia de una persona capaz hasta de agarrárselas con una mascota indefensa en pos de causar daño a mi clienta, y vaya si lo hizo, por los daños psicológicos que mi cliente padeció". Se refirió a la viralización de las fotos íntimas de la pareja, indicando que fue manifestado por distintos testigos que se encontraban en un grupo de Whatsapp con Pioli. "De la nada y de la noche a la mañana e divulgan imágenes con contenido intimo con comentario posterior de qué le pasa a Pioli, y el único que se encontraba era él, quien había sido el autor. "Si bien es cierto no forma parte del delito que nos ocupa, hace al agotamiento de un delito ya consumado", consignó. "Fue incorporada como prueba informativa, y la exposición policial es radicada en contra de una persona determinada. En primer termino la naturaleza jurídica es de escaso valor probatorio", dijo acentuando en que se trató de una "Estrategia poco efectiva". "La exposición con fecha del 19 de mayo de 2017, es radicada en contra de una persona determinada, casi como una denuncia. Allí manifestaba Pioli que mantenía una relación de pareja con mi cliente, y reconoce expresamente que en el teléfono de su propiedad había contenido prohibido de mi cliente, y en el extravío, se encontraban ya a esa fecha divulgándose ese contenido, y radica esa exposición para dejar acentuada su buena conducta", comentó. "No me queda claro si Pioli además de ser tatuador es visionario porque el contenido recién se comienza a difundir el 26 de mayo, no el 19 de mayo como lo expone,  lo que da cuenta que la exposición policial es un acto preparatorio para garantizarse la impunidad por lo que iba a hacer", recalcó y mostró con almanaque en mano, las contradicciones de la coartada. En otro orden de cosas, el abogado expresó: "Solicito el dictado de una sentencia que satisfaga con el valor de justicia, conforme a la pena que el Ministerio Público Fiscal solicite". "Lo que es delito fuera de las redes, también debe ser delito dentro de las redes", dijo finalmente. 

Patricio Pioli a la justicia: "Yo no soy ese monstruo que quisieron plantear acá"

Finalizados los alegatos, la presidente del Tribunal, doctora Edith Agüero indicó al imputado que podía hacer uso de la palabra, para que los magistrados pasen a analizar las pruebas y luego, dictar sentencia en contra del imputado. 

El sujeto se puso de pie e indicó: "Quiero que me devuelvan mi vida, que se limpie mi nombre porque yo no soy esa persona, ese monstruo que quisieron plantear acá". "Soy patricio Pioli, simplemente, un tatuador que ama su profesión", dijo en forma contundente. 

Es importante remarcar que el juicio, debido al contexto de pandemia se realizó a puertas cerradas, y las testimoniales no se pudieron seguir por parte de los medios de prensa ni de la comunidad en general. 

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