El Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial con sede en la Ciudad de La Rioja, a cargo de la Jueza Dra. Gisela Flamini dictó falta de mérito en favor de Daniel R. G., quien había sido imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal, previsto en el artículo 119 del Código Penal.
La decisión fue adoptada al considerar que subsisten dudas razonables que impiden confirmar o descartar con la certeza requerida la existencia del hecho denunciado o la participación del imputado.
Según las actuaciones, la denuncia fue radicada el 28 de septiembre de 2024 por una joven, quien manifestó haber sufrido un hecho de connotación sexual en el domicilio familiar de un barrio de la ciudad de La Rioja. Durante la instrucción, se recibieron testimoniales de la denunciante, familiares, allegados y de la profesional médica interviniente en la pericia forense, quien informó que en el examen médico practicado no se observaron lesiones compatibles con abuso sexual reciente o antiguo.
La jueza Flamini valoró el conjunto de las pruebas testimoniales y periciales, señalando que tanto la denunciante como varios testigos expresaron incertidumbre respecto a la percepción del hecho, existiendo incluso manifestaciones que aludían a la posibilidad de que lo relatado “hubiera sido un sueño o una pesadilla”.
En tal sentido, la magistrada sostuvo que el material reunido hasta esta etapa no permite sostener una hipótesis incriminante ni descartar la inocencia del imputado, generando un estado de duda que —conforme al artículo 335 del Código Procesal Penal— impide dictar procesamiento o sobreseimiento definitivo.
Alcances de la decisión
El auto de falta de mérito no implica una absolución ni un cierre del proceso, sino que ordena continuar la investigación a fin de alcanzar mayor claridad sobre los hechos denunciados. Mientras tanto, el imputado mantendrá su libertad.
Comentarios